SOIB Jove Becas de Éxito para personas desempleadas de entre 18 y 29 años que cursen con aprovechamiento estudios de educación secundaria para personas adultas – ESPA

Las solicitudes se pueden presentar de manera presencial en el registro del Servicio de Empleo de las Illes Balears en las oficinas centrales de Palma, en el Centro del Mar en Menorca, y al Centro de Formación Blancadona de Ibiza, preferentement con cita previa. También puedes consultar la lista de todos los centros de la CAIB donde registrar la documentación.

Curso académico 2022-2023

Periodo de presentación de solicitudes finalizado

Requisitos

1. Estar matriculado o matriculada en 2º, 3º o 4º de educación secundaria para personas adultas (ESPA).

2. Tener más de 18 años o cumplirlos durante las actividades lectivas del curso cuatrimestral, y menos de 30 el día de inicio de las actividades lectivas del curso.

3. Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo en desempleo en el Servicio de Empleo de las Illes Balears (SOIB) el día natural anterior al de inicio de las actividades lectivas del curso cuatrimestral correspondiente..

4. Estar inscrito o inscrita en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, con la condición de persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las actividades lectivas del curso cuatrimestral correspondiente.

5. Haber finalizado con aprovechamiento al menos uno de los ámbitos de conocimiento en alguno de los centros de educación para personas adultas de las Illes Balears.

Documentación para presentar las solicitudes. Plazo finalizado.
Dónde presentar las solicitudes. Plazo finalizado.
Plazo para presentar las solicitudes, finalizado.
  • En el caso de alumnado matriculado en el primer cuatrimestre del curso académico 2022-2023 de ESPA (septiembre 2022 a febrero 2023), el plazo empezaba el día 1 de octubre de 2022 y finalizaba el 15 de enero de 2023 o día hábil siguiente.
  • En el caso de alumnado matriculado en el segundo cuatrimestre del curso académico 2022-2023 de ESPA (de febrero a junio de 2023), el plazo empezaba el día 1 de febrero de 2023 y finalizaba el 31 de mayo de 2023.
Importe de la ayuda

568 euros por ámbito de conocimiento cursado con aprovechamiento en cualquier de los dos cursos cuatrimestrales hasta un máximo de tres ámbitos por cuatrimestre.

Previsión de publicación de las resoluciones
  • ESPA primer cuatrimestre
    Propuesta provisional: julio 2023
    Resolución concesión y denegación: agosto 2023

 

  • ESPA segundo cuatrimestre
    Propuesta provisional: octubre 2023
    Resolución concesión y denegación: diciembre 2023
Procedimiento llevado a cabo por parte del SOIB

1. El Servicio de Gestión de Programas de Empleo 1 tiene que examinar las solicitudes y tiene que emitir el informe que sirva de base para la propuesta de resolución.

2. La directora del SOIB tiene que emitir las propuestas de concesión o denegación de las ayudas, las cuales tienen que contener la lista de las personas beneficiarias propuestas para otorgar la subvención, así como las excluidas, con el motivo de exclusión.

3. Esta propuesta se tiene que notificar a las personas interesadas mediante la publicación en la web del SOIB, las cuales disponen de un plazo de 10 días hábiles para hacer las alegaciones que estimen oportunas.

4. Una vez resueltas las alegaciones, el presidente del SOIB, tiene que dictar una resolución de aprobación o denegación motivada y hay que notificarla en el plazo de seis meses a contar desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para tramitarla (publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la página web del SOIB).

5. Una vez transcurrido el plazo máximo para resolver y notificar sin que se haya dictado una resolución expresa, la petición se tiene que entender desestimada.

Curso académico 2023-2024

Presentación de solicitudes 2º cuatrimestre del 1 de febrero al 31 de mayo de 2024

Requisitos

1. Estar matriculado o matriculada en 2º, 3º o 4º de educación secundaria para personas adultas (ESPA) durante el periodo 2023-2024 (cuatrimestre: octubre-febrero y febrero-junio).

2. Tener más de 18 años o cumplirlos durante las actividades lectivas del curso cuatrimestral, y menos de 30 el día el día natural anterior al de inicio de las actividades lectivas del curso.

3. Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo en desempleo en el Servicio de Empleo de las Illes Balears (SOIB) el día natural anterior al de inicio de las actividades lectivas del curso cuatrimestral correspondiente.

4. Estar inscrito o inscrita en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, con la condición de persona beneficiaria el día natural anterior al de inicio de las actividades lectivas del curso cuatrimestral correspondiente.

5. Haber finalizado con aprovechamiento al menos uno de los ámbitos de conocimiento en alguno de los centros de educación para personas adultas de las Illes Balears.

Documentación para presentar las solicitudes A PARTIR DEL 1 DE FEBRERO DE 2024 o PRIMER DIA HÁBIL SIGUIENTE

(Modelos para descargar en esta página y en la sede electrónica de la CAIB)

1. Solicitud (se tiene que rellenar en mayúsculas o telemáticamente y el número de cuenta no puede tener ni corrector ni tachones).
Descarga la solicitud

2. Ficha de microdatos. Descarga la ficha de microdatos

3. Copia del impreso de matriculación

4. Solo en caso de que no se autorice la consulta telemática, se tendrán que aportar los documentos siguientes:

  • Certificados acreditativos de estar al corriente de las obligaciones con la Agencia Tributaria Estatal y la Seguridad Social.
  • Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
  • Documento nacional de identidad o documento acreditativo equivalente.
  • Vida laboral del alumno/a
Dónde presentar las solicitudes A PARTIR DEL 1 DE FEBRERO DE 2024 o PRIMER DIA HÁBIL SIGUIENTE

(Podéis consultar dónde presentar las solicitudes en https://soib.es/es/registre/)

  • De manera electrónica, mediante el Registro Electrónico del Govern y tienen que adjuntar la solicitud específica del procedimiento firmada electrónicamente, y concretamente acceder a la página web de la CAIB <www.caib.es> // Administración // Atención a la ciudadanía // Atención telemática// Registro Electrónico, o bien acceder directamente al trámite
  • De manera presencial en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, la Administración General del Estado, el resto de comunidades autónomas o las entidades que integran la Administración local.
Plazo para presentar las solicitudes
  • En el caso de alumnado matriculado en el primer cuatrimestre del curso académico 2023-2024 de ESPA (septiembre 2023 a febrero 2024), el plazo empezará el día 1 de octubre de 2023 y finalizará el 15 de enero de 2024.
  • En el caso de alumnado matriculado en el segundo cuatrimestre del curso académico 2023-2024 de ESPA (de febrero a junio de 2024), el plazo empezará el día 1 de febrero de 2024 y finalizará el 31 de mayo de 2024.
Importe de la ayuda

568 euros por ámbito de conocimiento cursado con aprovechamiento en cualquier de los dos cursos cuatrimestrales hasta un máximo de tres ámbitos por cuatrimestre.

Previsión de publicación de las resoluciones
  • ESPA primer cuatrimestre
    Propuesta provisional: julio 2024
    Resolución concesión y denegación: agosto 2024

 

  • ESPA segundo cuatrimestre
    Propuesta provisional: octubre 2024
    Resolución concesión y denegación: diciembre 2024
Procedimiento llevado a cabo por parte del SOIB

1. El Servicio de Gestión de Programas de Empleo 1 tiene que examinar las solicitudes y tiene que emitir el informe que sirva de base para la propuesta de resolución.

2. La directora del SOIB tiene que emitir las propuestas de concesión o denegación de las ayudas, las cuales tienen que contener la lista de las personas beneficiarias propuestas para otorgar la subvención, así como las excluidas, con el motivo de exclusión.

3. Esta propuesta se tiene que notificar a las personas interesadas mediante la publicación en la web del SOIB, las cuales disponen de un plazo de 10 días hábiles para hacer las alegaciones que estimen oportunas.

4. Una vez resueltas las alegaciones, el presidente del SOIB, tiene que dictar una resolución de aprobación o denegación motivada y hay que notificarla en el plazo de seis meses a contar desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para tramitarla (publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la página web del SOIB).

5. Una vez transcurrido el plazo máximo para resolver y notificar sin que se haya dictado una resolución expresa, la petición se tiene que entender desestimada.