Registro público de personas formadoras para impartir acciones dirigidas a obtener certificados de profesionalidad (REFOIB)

Aviso para personal formador de certificados de profesionalidad

Con la nueva Ley Orgánica 3/22 de ordenación e integración de la formación profesional, los CP serán los nuevos Certificados Profesionales (Grados C). Las acciones formativas dirigidas a obtener certificados de profesionalidad iniciados, aprobados o autorizados antes del 1 de enero de 2024 se continuarán impartiendo hasta que finalicen (RD 278/2023). Por lo tanto, el presente Registro se cerrará a la finalización de la última acción formativa de certificado de profesionalidad, como tarde el 31 de marzo de 2025.

Podéis consultar las acciones formativas correspondientes a certificados de profesionalidad aprobados en el buscador de formación del SOIB

El personal formador de los Grados de FP deberá cumplir los requisitos establecidos en el artículo 168 del RD 659/2023.

El Registro público de personas formadoras para impartir acciones formativas dirigidas a obtener certificados de profesionalidad de las Illes Balears (REFOIB), programadas, gestionadas o supervisadas por el Servei d’Ocupació de les Illes Balears (SOIB), tiene como finalidad disponer de una base de datos pública de personas formadoras que garantice que estas cumplan los requisitos para poder impartir acciones formativas asociadas a certificados de profesionalidad, y que facilite a las entidades de formación la gestión de las acciones formativas.

El REFOIB está adscrito al Servei d’Ocupació de les Illes Balears (SOIB), que es el responsable de su organización, gestión y funcionamiento.

Trámite de inscripción al REFOIB Acceso al REFOIB

 

Normativa:

Disposición adicional novena del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional, que modifica el Decreto 6/2023, de 20 de febrero, por el que se regula el Registro público de personas formadoras para impartir acciones dirigidas a obtener certificados de profesionalidad de las Islas Baleares (REFOIB).

Decreto 6/2023 de 20 de febrero, por el cual se crea y regula el Registro público de personas formadoras para impartir acciones dirigidas a obtener certificados de profesionalidad (REFOIB).

Ley 19/2019, de 30 de diciembre de presupuestos generales de la Comunitat Autònoma de les Illes Balears para el 2020 (BOIB núm 175, de 31 de diciembre) que establece una tasa para la inscripción en el REFOIB de 6 euros por cada módulo formativo que se solicita inscribir.