Convocatoria de subvenciones SOIB Jove: Cualificados Sector Público, Universidad y Entidades Locales 2024

El objeto de esta convocatoria es regular la concesión de subvenciones destinadas a financiar los costes laborales, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social, que se deriven de la contratación de personas jóvenes desempleadas mayores de 18 años y menores de 30 años inscritas como demandantes de empleo en el SOIB y beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que reúnan los requisitos para poder firmar un contrato formativo para la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios o de formación cursados, que sean contratadas por parte de las entidades que se determinan en esta convocatoria.

El ámbito de aplicación de esta convocatoria es la comunidad autónoma de las Illes Balears.

Entidades beneficiarias

Pueden presentar solicitud a esta convocatoria las entidades siguientes:

Línea 1:
– Las entidades públicas empresariales y las fundaciones del sector público de la CAIB
– La Universitat de les Illes Balears (UIB)

Línea 2:
Entidades locales que no hayan sido beneficiarias de una subvención en la convocatoria SOIB Jove – Cualificados Entidades Locales 2024 aprobada por Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía, de 23 de noviembre de 2023 (BOIB núm. 161, de 25 de noviembre de 2023) y sus entidades de derecho público dependientes o vinculadas.

Pueden presentar solicitud en su nombre las entidades de derecho público que dependen de los entes locales o que están vinculadas a ellos y que disponen de personalidad jurídica y de un NIF propio, que ejerzan competencias administrativas, en calidad de administración pública o en el ejercicio de autoridad pública, siempre que el proyecto a desarrollar sea de su competencia y forme parte de las funciones esenciales de la entidad.

Personas destinatarias

Los requisitos que tienen que cumplir las personas seleccionadas en el momento de la contratación son los siguientes:

a) Personas jóvenes desempleadas mayores de 18 años y menores de 30 años inscritas como demandantes de empleo en el SOIB y beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
b) Con titulación universitaria o de formación profesional de grado superior o un certificado de profesionalidad de nivel 3, de acuerdo con la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de cualificaciones y formación profesional, así como las que tengan un título equivalente de enseñanzas artísticas o deportivas, que habilite para el ejercicio profesional, finalizado dentro de los tres años (o cinco años, cuando el contrato se concierte con una persona con discapacidad) anteriores al inicio del contrato.
c) Que cumplan los requisitos para poder ser contratadas mediante el contrato formativo para la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios que regula el artículo 11, en los puntos 3 y 4, del Texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2015, modificado por el Real decreto ley 32/2021.
d) Que la persona no haya estado contratada en los seis meses anteriores con un contrato de trabajo subvencionado por el SOIB en cualquier programa de fomento del empleo.

Es indispensable que en el momento de la contratación la persona esté inscrita como demandante de empleo en el SOIB y tenga la condición de beneficiaria del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Si no se cumplen estas condiciones, no se considera subvencionable la contratación que se efectúe.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes es de 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB).

Cada entidad tiene que presentar una única solicitud para todas las contrataciones que prevé hacer. En caso de presentar más de una solicitud dentro del plazo establecido, se considerará que la última presentada es la válida y que sustituye a la o a las anteriores que se hayan presentado.

Presupuesto

El crédito inicialmente asignado a esta convocatoria es de 10.500.000 €, cuenta con la cofinanciación del Fondo Social Europeo Plus (FSE+) en el marco del Programa FSE+ de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears 2021-2027 y se distribuye por líneas de la siguiente manera:

Línea 1 – Sector Público instrumental de la CAIB y UIB: 9.500.000 €
Línea 2 – Entidades locales y dependientes: 1.000.000 €

Los remanentes de crédito que puedan resultar de la línea 2 se podrán aplicar, en caso de que sea necesario, a la línea 1 y viceversa.

Actuaciones que se subvencionan

Los costes laborales totales, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social, que se deriven de contratar a jornada completa a las personas jóvenes en la modalidad de contrato formativo para la obtención de la práctica profesional adecuada a los estudios o formación cursada y por una duración de un año.

La concesión de la subvención se hace por el sistema de módulos establecido en la convocatoria.

Plazo de ejecución de las acciones

La fecha de inicio de los contratos debe estar comprendida entre la notificación de la resolución de concesión de la subvención a la entidad y el 15 de diciembre de 2024 (incluido). Para facilitar las selecciones y las incorporaciones al puesto de trabajo la entidad puede hacer las contrataciones de manera escalonada, pero todas las contrataciones del proyecto deben realizarse en el plazo máximo de un mes.

La fecha de finalización será un año después del inicio, con las excepciones previstas para sustituciones y los supuestos de interrupción del cómputo de la duración del contrato. La fecha máxima de finalización de los proyectos será el 31 de diciembre de 2025, excepto para los supuestos de interrupción del cómputo de la duración del contrato a que se refiere el artículo 11.4.b) del Estatuto de los trabajadores, respecto del contrato afectado por la interrupción.

Normativa

Todas las acciones subvencionadas en el marco de esta convocatoria se rigen por la normativa siguiente:

    1. El Reglamento (UE) 2021/1057 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus y se deroga el Reglamento (UE) 1296/2013, y se establecen los objetivos del FSE+, el presupuesto para el período 2021-2027, los métodos de ejecución, las formas de financiación de la Unión y las normas para proporcionar la financiación.
    2. El Reglamento (UE) 2021/1060, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para estos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados.
    3. El Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046, del Parlamento Europeo y del Consejo (Reglamento Financiero) por el que se establecen las normas sobre la ejecución del presupuesto general de la Unión.
    4. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y su reglamento aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en todo lo que sea de aplicación.
    5. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones de la CAIB.
    6. El Texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y modificado por el Real decreto ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación.
    7. La Ley 3/2023, de 28 de febrero, de empleo.
    8. El Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, por el que se regulan los programas comunes de activación para el empleo del sistema nacional de empleo.
    9. La Orden TES/106/2024, de 8 de febrero, por la que se determinan los gastos subvencionables por el FSE+ durante el período de programación 2021-2027.
    10. La Orden 16/2023, del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, de 17 de mayo de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de políticas activas de empleo gestionadas por el SOIB.
    11. El resto de normativa, tanto nacional como de la Unión Europea, o cualquier otra que resulte de aplicación (BOIB nº 67, de 20 de mayo de 2023).

En todo lo que no prevea esta convocatoria será de aplicación lo establecido en la Orden 16/2023, de 17 de mayo.

Contacto

Buzón de consulta: fomentocupacio3@soib.caib.es