¿Necesitáis asesoramiento en materia de contratación?
Ayudas para el fomento del empleo
- Podéis encontrar toda la información sobre bonificaciones y reducciones a la contratación laboral en el apartado de empresas de la web del SEPE
Tipos de contratos que podéis hacer
De acuerdo con el Estatuto del Trabajador los tipos de contratos que se pueden realizar son:
- Contrato indefinido: Es aquel que acuerdan el empresario o la empresaria y la persona trabajadora sin establecer límites de tiempos respecto de la duración del contrato. Puede ser jornada completa, parcial o para servicios fijos discontinuos.
- Contrato temporal: Es aquel en que la relación laboral entre la empresa y la persona trabajadora se acuerda por un tiempo determinado, incluyendo expresamente la fecha de inicio y de finalización. Pueden ser jornada completa o parcial y solo se puede celebrar con motivo de las circunstancias de la producción o por la sustitución de una persona trabajadora..
- Contratos formativos:
- Contrato de formación en alternancia: Destinado favorecer la calificación personal de los jóvenes, en un régimen de alternancia, para compatibilizar la actividad laboral retribuida en una empresa con actividad formativa recibida en el marco del sistema de Formación Profesional para el empleo o del sistema educativo.
- Contrato formativo para la obtención de la práctica profesional: Destinado a obtener la práctica profesional adecuada al nivel de estudios o de formación de la persona trabajadora. Podrán concertar este contrato las personas que tengan un título universitario o de grado medio o superior, especialista, máster profesional o certificado del sistema de formación profesional, o equivaliendo de enseñanzas artísticas o deportivas.
Cómo podéis registrar un contrato de trabajo
Disponéis de un servicio web que permite efectuar la comunicación de los contratos de trabajo en conexión directa con la base de datos del Servicio Público de Empleo, como también recibir la respuesta de forma inmediata, con posibilidad de modificación de errores antes de confirmar la comunicación.
La utilización de este servicio requiere disponer de autorización del Servicio Público de Empleo, es por ello que debe solicitarse dicha autorización. Concedida la autorización, la persona interesada podrá acceder al servicio Contrat@ con certificado digital o DNI electrónico o con el identificador de la empresa y la clave personal que le asignarán, entrando en el apartado de empresas de la web del SEPE.
Infórmate sobre los trámites legales, tipos de contratos y bonificaciones en la contratación enviando un correo a contrata@soib.caib.es o en el teléfono 971 177 900.