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Tipos de contratos y ayudas para el fomento del empleo

Podéis encontrar toda la información sobre:

Podéis consultar las dudas sobre los trámites legales, tipos de contratos y bonificaciones en la contratación enviando un correo al buzón del SEPE o llamando al teléfono 060.

Cómo podéis registrar un contrato de trabajo

En el enlace siguiente podéis consultar la Instrucción 5/2025 de la directora del Servicio de Empleo de las Illes Balears relativa a la comunicación de la contratación laboral al SOIB.

Disponéis de la aplicación Contrat@ que permite efectuar la comunicación de los contratos de trabajo en conexión directa con la base de datos del Servicio Público de Empleo, como también recibir la respuesta de forma inmediata, con posibilidad de modificación de errores antes de confirmar la comunicación.

Contrat@ es un servicio abierto a las empresas que actúan en nombre propio y a las empresas, administraciones y profesionales colegiados que actúan en representación de terceros, para comunicar telemáticamente el contenido de la contratación laboral a los servicios públicos de empleo. En la página del SEPE podéis consultar y descargar el manual de la “Comunicación de la contratación laboral a través de internet”.

Cómo obtener una autorización para acceder a Contrat@

Para comunicar un contrato de trabajo a través de la aplicación Contrat@, las personas interesadas o quién legalmente las represente (identificada debidamente con certificado digital, DNI electrónico o usuario/contraseña en la plataforma Cl@ve), tienen que solicitar una autorización administrativa a través de la sede electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Tienen que rellenar el formulario de “Solicitud de autorización”. Previamente tienen que aceptar las cláusulas y condiciones como entidad autorizada. Superadas las validaciones, tienen que escoger una clave personal alfanumérica de entre 8 y 20 caracteres.

Una vez enviada la solicitud recibiréis, en la dirección de correo facilitada, un correo electrónico confirmando la autorización para acceder a la aplicación Contrat@. Recordad que la clave y contraseña es la indicada en el momento de formalizar la solicitud de autorización.

Todas las empresas autorizadas pueden tener, además del usuario principal, tantos usuarios asociados como quieran. Para acceder a la aplicación, el usuario principal tiene que identificarse con el CIF/NIF/NIE de la empresa y con su clave personal. El usuario asociado tiene que identificarse con su NIF/NIE y su clave personal. Las claves de acceso hacen de firma del envío en cualquier proceso de la aplicación.

Como persona interesada o representante legal deben saber que su interlocutor directo, para resolver cualquier duda o incidencia relativa a la autorización o a la comunicación de la contratación a través de la aplicación Contrat@, es el personal de la oficina de empleo de referencia que le corresponda según su código postal.

Gestiones relacionadas con la aplicación de Contrat@

La persona interesada o quién legalmente la represente puede presentar solicitudes al SOIB relativas a gestiones previas a la comunicación de la contratación laboral (necesarias en algunos supuestos), concretamente, para:

a) Dar de alta como empresa en el registro de entidades comunes del SISPE a la persona interesada, que nunca ha comunicado un contrato o es de nueva creación, para poder realizar la comunicación de la contratación y de las acciones formativas con FUNDAE.
Accede al trámite telemático desde la web del Govern

b) Dar de alta, en el registro de entidades comunes del SISPE, un Código de Cuenta de Cotización de la Seguridad Social, con el que nunca se ha comunicado un contrato, para poder realizar la comunicación de la contratación.
Accede al trámite telemático desde la web del Govern

c) Solicitar un identificador provisional para personas trabajadoras con nacionalidad de un país de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo que todavía no tienen un NIE, para poder realizar la comunicación de la contratación.
Accede al trámite telemático desde la web del Govern

Las solicitudes de personas interesadas o relativas a personas trabajadoras de otra comunidad autónoma tienen que dirigirse al Servicio Público Autonómico correspondiente.

Qué puedo comunicar a través de Contrat@

El plazo para hacer las comunicaciones de los contratos de trabajo es de 10 días desde la concertación del contrato de trabajo, deba o no formalizarse por escrito. A través de la comunicación de datos se puede registrar:

  • Contrato
  • Prórroga
  • Transformación a indefinido
  • Llamamiento de fijo discontinuo
  • Horas complementarias

Al mecanizar estas comunicaciones, si todo es correcto, la aplicación confirma que se ha efectuado correctamente, indicando el número de registro correspondiente a la comunicación.

Únicamente el usuario principal puede anular y consultar las anulaciones de estas comunicaciones hasta tres días después de la comunicación.

Los datos mecanizados de forma errónea se pueden corregir en los 90 días siguientes a través de: 

  • Corrección de datos de contrato
  • Corrección de la fecha de término real en un contrato
  • Corrección de datos de prórroga
  • Corrección de datos de transformación
  • Corrección de datos de llamamiento
  • Corrección de datos de horas complementarias
  • Corrección de datos de trabajadores de grupo
  • Corrección de datos del Acuerdo de Trabajo a Distancia
Gestiones relacionadas con la comunicación de la contratación laboral a través de Contrat@

La persona interesada o quién legalmente la represente puede presentar solicitudes al SOIB relativas a gestiones que la aplicación de Contrat@ no le permite realizar, concretamente, para:

a) Realizar comunicaciones de la contratación que no permita hacer la aplicación de Contrat@ y que deriva a la oficina de empleo.
Accede al trámite telemático desde la web del Govern

b) Realizar correcciones de comunicaciones de contratos que no hayan finalizado, cuando se ha superado el plazo para hacerlas desde la aplicación de Contrat@
Accede al trámite telemático desde la web del Govern

c) Anular comunicaciones de contratos realizados por error, cuando se ha superado el plazo para hacerlas desde la aplicación de Contrat@.
Accede al trámite telemático desde la web del Govern

Las solicitudes relativas a comunicaciones de la contratación de otra comunidad autónoma se tienen que dirigir al Servicio Público Autonómico correspondiente.

Certificados relacionados con la contratación laboral

El SOIB tiene que emitir certificados con relación a:

a) Contratos formativos. Las personas o entidades ocupadoras que pretendan suscribir contratos formativos, pueden solicitar información relativa a si las personas a las qué pretenden contratar han estado previamente contratadas bajo esta modalidad y la duración de estas contrataciones.
Accede al trámite telemático desde la web del Govern

b) Empresas de inserción. Las empresas de inserción, pueden solicitar que el SOIB certifique si las personas a las qué pretende contratar han prestado servicios en la misma o distinta empresa de inserción, y si están desocupadas e inscritas como demandantes de ocupación.
Accede al trámite telemático desde la web del Govern

Las solicitudes relativas a comunicaciones de la contratación en otra comunidad autónoma se tienen que dirigir al Servicio Público Autonómico correspondiente.