Ajudas para mujeres víctimas de violencia machista en situación de desempleo que hayan cursado acciones formativas financiadas por el SOIB finalizadas entre el 1 de septiembre de 2021 y el 31 de agosto de 2022

Requisitos

1.Tener la condición de mujer víctima de violencia machista acreditada, de acuerdo con el apartado 6.5 del anexo.

2.Cursar una acción formativa de una especialidad formativa de formación profesional para el empleo financiada por el SOIB.

3.Estar inscrita en el SOIB como demandante de empleo en desempleo el día de inicio de cada acción formativa.

4.Finalizar la acción formativa (módulo) con aprovechamiento (apto). En relación con las acciones formativas de inglés y alemán, en que la evaluación se hace en una entidad acreditativa oficial, para beneficiarse de la beca la alumna tiene que haber logrado el certificado oficial de conocimientos del idioma en el mismo nivel o en uno de superior de la especialidad formativa que ha cursado.

Documentación para presentar las solicitudes (modelos para descargar también disponibles en el apartado de convocatorias de la web <www.soib.es>)

1. Solicitud de acuerdo con el modelo que se encuentra en el web del SOIB: lo tiene que presentar la alumna y se tiene que presentar una solicitud por acción formativa.

2.Sólo en caso de que no se autorice la consulta telemática de los documentos siguientes:

  • Fotocopia del documento nacional de identidad o documento identificativo equivalente
  • Certificados acreditativos de estar al corriente de las obligaciones tributarias con laHacienda del Estado y con la Seguridad Social
  • Certificado de estar al corriente con las obligaciones tributarias de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
  • Informe de vida laboral

3. Acreditación de la condición de víctima de violencia machista mediante uno de los documentos siguientes:

  • A través de la sentencia condenatoria, durante los 24 meses posteriores de haberse notificado
  • Mediante la resolución judicial que acuerde ayudas cautelares para proteger la víctima o a través de la orden de protección acordada a favor de la víctima, mientras sea vigente
  • A través del informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios que la demandante es víctima de violencia machista, hasta que se dicte la resolución sobre la orden de protección
  • Informe de los servicios sociales comunitarios o especializados que acredite que la mujer es víctima de violencia machista
Dónde presentar las solicitudes
  • De manera presencial en el registro de Servicio de Empleo de las Illes Balears. Recuerda que por motivos sanitarios, las solicitudes se pueden presentar de manera presencial en el registro de Servicio de Empleo de las Illes Balears en las oficinas centrales de Palma, en el Centro del Mar en Menorca, y en el Centro de Formación Blancadona de Ibiza, solo con cita previa. También puedes consultar la lista de todos los centros de la CAIB donde registrar la documentación.
  • En cualquier otro lugar que prevea el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
  • De manera electrónica en el Registro Electrónico Común (REC), y se tiene que adjuntar la solicitud específica del procedimiento, la cual tiene que estar disponible en la sede electrónica de esta administración, firmada electrónicamente, y concretamente acceder a la página web de la CAIB <caib.es> // Administración // Atención a la ciudadanía // Atención telemática// Registro Electrónico Común.
Plazo para presentar las solicitudes

El plazo para presentar la solicitud empieza el día siguiente de la finalización de la acción formativa y finaliza dos meses después. Se tiene que presentar una solicitud por acción formativa.

Importe de la ayuda
13 euros por día de asistencia al curso (solo asistencia diaria completa).
Procedimiento llevado a cabo por parte del SOIB
  1. El Servei de Gestió de Programes d’Ocupació 5 debe examinar las solicitudes y emitir el informe que sirva de base para la propuesta de resolución.
  2. La directora del SOIB debe emitir las propuestas de concesión o de denegación de las ayudas, las cuales deben contener la lista de las personas beneficiarias propuestas para otorgar la subvención, así como las excluidas, con el motivo de exclusión.
  3. Esta propuesta debe notificarse mediante la publicación en la web del SOIB a las personas interesadas, las cuales disponen de un plazo de 10 días hábiles para hacer las alegaciones que estimen oportunas.
  4. Una vez resueltas las alegaciones, el presidente del SOIB debe dictar una resolución de aprobación o de denegación motivada y se debe notificar en el plazo de seis meses a contar desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para tramitarla (publicación en el Butlletí Oficial de les Illes Balears y en la página web del SOIB).
  5. Transcurrido el plazo máximo para resolver y notificar sin que se haya dictado una resolución expresa, la petición debe entenderse desestimada.

Servei d’Ocupació de les Illes Balears (SOIB):

Camí vell de Bunyola, 43, 1º – Edifici rotonda Asima

Polígon de son Castelló – 07009 Palma

Telèfon 971784991 – Fax 971784942

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Polígon de son Castelló – 07009 Palma

Telèfon 971784991 – Fax 971784942

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Camí Vell de Bunyola, 43, 1ª – edifici rotonda Asima

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Telèfon 971784991 – Fax 971784942