¿Qué requisitos se deben cumplir?
Para la contratación del personal directivo, docente y de apoyo por cuenta ajena, es requisito la inscripción en situación de ALTA como demandante de empleo en el SOIB. Igualmente, siempre que el SOIB haya realizado la gestión de la oferta de empleo, independientemente del tipo de relación laboral con la entidad, se deberá cumplir con este requisito de inscripción en el SOIB.
En cuanto al personal que ha de realizar tareas de formación:
El personal docente que tiene que impartir un certificado de profesionalidad deberá reunir los requisitos específicos que se incluyen. Estos requisitos deben garantizar el dominio de los conocimientos y técnicas relacionadas con la unidad de competencia a la que está asociado el módulo, además de dispoer de competencia docente (artículo 13 del Real decreto 34/2008, de 18 de enero).
El personal docente que tiene que impartir especialidades formativas deberá acreditar que cumple con los requisitos que establece el programa formativo de la especialidad formativa y el Real decreto 62/2022, de 25 de enero.
De acuerdo con la disposición adicional novena del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, no será exigible como requisito imprescindible sino como mérito la experiencia profesional a los formadores para impartir docencia en los certificados de profesionalidad regulados con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto indicado, cuando dispongan de la acreditación o la titulación requerida que figura en cada uno de los reales decretos, por los cuales se establece cada certificado de profesionalidad.
IMPORTANTE: El personal formador que tenga que impartir certificados de profesionalidad, debe indicar el número de formador que consta en el Registro público de personas formadoras para impartir acciones formativas dirigidas a obtener certificados de profesionalidad de las Illes Balears (REFOIB) que regula el Decreto 6/2023, de 20 de febrero. En caso de no disponer de número de formador, deben aportar la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos.
En el supuesto que las ofertas destinadas a personal docente no fueran cubiertas o ninguna de las personas candidatas cumpliera la totalidad de los requisitos del certificado de profesionalidad o de la oferta, el SOIB podría emitir un certificado de insuficiencia de candidatos para poder seleccionar la persona formadora que más se aproxime a estos requisitos, de acuerdo con la Instrucción 8/2022 de la directora del SOIB relativa a la autorización excepcional de personas formadoras para impartir acciones formativas conducentes y no conducentes a certificados de profesionalidad.
Accede a las ofertas de personal directivo, docente y de apoyo
Si haces varias inscripciones a una misma oferta, solo se tendrá en cuenta la última inscripción.
En cada oferta encontrarás el plazo para inscribirte. En esta inscripción debes adjuntar el currículum, además de la documentación específica para poder acreditar los requisitos.
ATENCIÓN: periódicamente se publican ofertas nuevas.
Más información en el BOIB de la convocatoria.