Convocatoria de subvenciones SOIB grados B de FP para el periodo 2025-2027
El objeto de esta convocatoria es regular la concesión de subvenciones para financiar grados B, módulos profesionales de los grados C que se consideren imprescindibles para apoyar la adquisición de los resultados de aprendizaje del resto de módulos asociados al Catálogo Nacional de Estándares de Competencia y que no constituyan un grado B ni FEMPOS.
Se establecen dos líneas de subvenciones:
• Línea 1 dirigida prioritariamente a personas desempleadas.
• Línea 2 dirigida prioritariamente a personas empleadas.
Entidades beneficiarias
Personas destinatarias
Las personas destinatarias de la formación son personas trabajadoras empleadas y desempleadas.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes de subvención, junto con la documentación técnica, es de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOIB.
Las entidades de formación interesadas deberán presentar una solicitud para cada una de las líneas en las que quieran participar.
Presupuesto
El crédito asignado inicialmente a esta convocatoria es de:
• 7.000.000 € para la línea 1, dirigida prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas.
• 4.000.000 € para la línea 2, dirigida prioritariamente a personas trabajadoras empleadas.
Las partidas del presupuesto de gastos correspondientes a cada una de las anualidades a las que se imputa esta convocatoria se financiarán mediante los fondos del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes que anualmente distribuye por territorios la Conferencia Sectorial de Formación Profesional para personas trabajadoras, para cada uno de los ejercicios a los que afecte.
Oferta formativa objeto de financiación
La oferta formativa que debe financiarse en el marco de esta convocatoria puede ser:
— Grados B (certificados de competencia).
— FEMPO (es el período de formación en empresa u organismo equiparado, necesario para obtener un grado C mediante la superación de los grados B que lo conforman).
— Módulos profesionales de los nuevos grados C que no constituyan grados B.
La oferta formativa de grados B y de los módulos profesionales que no constituyan grado B no será de carácter dual.
Toda la oferta formativa debe impartirse en la modalidad presencial.
Plazo de ejecución de las acciones
Solo se financian los grados B de FP, módulos profesionales y FEMPO iniciados a partir de la notificación de la resolución de concesión.
Normativa
El Reglamento delegado (UE) 2018/1127 de la Comisión, de 28 de mayo de 2018, por el que se modifica el Reglamento delegado (UE) 2015/2195, que complementa el Reglamento (UE) núm. 1304/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al Fondo Social Euroit, importes a tanto alzado, establece unos baremos a partir de los datos presentados o publicados por Eurostat y sobre la base de métodos decididos por mutuo acuerdo.