Convocatoria de subvenciones SOIB Cheque formación para el periodo 2025-2027

El objeto de esta convocatoria es impulsar, a través del Programa piloto «Cheque formación», la realización de especialidades formativas del Catálogo de especialidades formativas, impartidas en modalidad presencial y orientadas a la adquisición y la mejora de las competencias profesionales de las personas trabajadoras desempleadas y ocupadas para mejorar su empleabilidad y dar respuesta a las necesidades de las empresas en los ámbitos. de la lampistería, electricidad, climatización y prevención de riesgos laborales en el sector de la construcción.

Entidades beneficiarias

Entidades de formación que estén de alta en la aplicación informática de gestión ESOIB e inscritas en el Registro Estatal de Entidades de Formación (REEF) para impartir, en el ámbito de las Illes Balears, cualquiera de las especialidades formativas relacionadas en el anexo 2 de la convocatoria y que se hayan adherido al Programa piloto «Cheque formación 2025-2027».

Las entidades que no estén inscritas en el REEF tendrán dos plazos para inscribirse:

a) El primer plazo será de 15 días desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria.
b) En el segundo plazo, la entidad deberá estar inscrita antes del día 15 de enero de 2026.

Adhesión al programa

Se podrán adherir al Programa piloto «Cheque formación 2025-2027» las entidades de formación que estén dadas de alta en ESOIB e inscritas en el REEF para impartir las especialidades formativas objeto de la convocatoria.

Habrá dos períodos para adherirse al Programa:

a) El primer plazo será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
b) El segundo plazo será desde el día 1 hasta el día 31 de enero de 2026.

La lista de entidades adheridas con los centros, las especialidades formativas y el número de alumnado máximo por grupo se publicará en la web del SOIB en el plazo de 15 días desde la finalización de cada periodo de adhesión.

Personas destinatarias
Personas trabajadoras desempleadas, inscritas como demandantes en situación de alta y personas trabajadoras empleadas.

La persona trabajadora dispondrá de un plazo de dos meses desde que recibe el cheque para presentarlo a la entidad adherida al programa que haya escogido.

Plazo de presentación de solicitudes

Los plazos para presentar las solicitudes son los siguientes:

a) Desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears hasta el 20 de octubre de 2025.
b) Los primeros veinte días del mes de enero de 2026.
c) Los primeros veinte días del mes de abril de 2026.
d) Los primeros veinte días del mes de julio de 2026.
e) Los primeros veinte días del mes de octubre de 2026.
f) Los primeros veinte días del mes de marzo de 2027.

Las entidades pueden presentar una única solicitud de subvenciones para cada periodo de solicitudes.

Presupuesto
El crédito asignado inicialmente a esta convocatoria es de 1.000.000 €, con cargo al presupuesto de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Oferta formativa objeto de financiación
Especialidades formativas en los ámbitos de la lampistería, electricidad, climatización y prevención de riesgos laborales en el sector de la construcción que figuran en el anexo 2 de la convocatoria.
Plazo de ejecución de las acciones
Las especialidades formativas se podrán iniciar desde la publicación de la lista de entidades adheridas en la web del SOIB, tanto del primer como del segundo periodo de solicitudes de adhesión, y se podrán ejecutar hasta el 28 de febrero de 2027.
Normativa
Las subvenciones objeto de esta convocatoria se rigen por la normativa siguiente:

1. La Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral.

2. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

3. El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

4. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones.

5. La Orden 16/2023 del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, de 17 de mayo de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de políticas activas de empleo gestionadas por el Servicio de Empleo de las Islas Baleares.

6. La Orden TMS/369/2019, de 28 de marzo, por la que se regula el Registro estatal de entidades de formación del sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral, así como los procesos comunes de acreditación e inscripción de las entidades de formación para impartir especialidades formativas incluidas en el catálogo de especialidades formativas.

7. La Orden TMS/283/2019, de 12 de marzo, por la que se regula el catálogo de especialidades formativas en el marco del sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral.

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