Convocatoria de subvenciones SOIB Oportunidades de Empleo para la Mujer 2025-2028
El ámbito de aplicación de esta convocatoria es la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Entidades beneficiarias
- Las entidades locales y las entidades de derecho público dependientes o que están vinculadas.
- Las entidades públicas empresariales y las fundaciones del sector público de la CAIB.
- Las entidades sin ánimo de lucro.
- Las asociaciones empresariales y sindicales sin ánimo de lucro.
Personas destinatarias
a) Tener acreditada la condición de víctima de violencia machista.
b) Tener un acuerdo personalizado de empleo ligado al itinerario individualizado de inserción con el SOIB.
c) Tener la autorización administrativa de trabajo y residencia vigente, si procede.
d) Estar inscrita en el SOIB como demandante de trabajo o mejora de empleo.
e) No haber sido contratada en otros programas de fomento específicos para mujeres víctimas de violencia machista del SOIB con excepción de mujeres que, por causas extraordinarias no vinculadas a su desarrollo laboral y debidamente motivadas por el SOIB, hayan disfrutado de un máximo de tres meses de contrato.
Estos requisitos deben cumplirse durante el proceso de selección, y con carácter previo a la contratación y el alta en la Seguridad Social.
Plazo de presentación de solicitudes
Las entidades participantes deben presentar una solicitud por proyecto y puede incluir uno o más puestos de trabajo. Las entidades pueden presentar una o más solicitudes a lo largo del plazo de presentación de solicitudes.
Presupuesto
- Año 2025: 2.000.000 €
- Año 2026: 2.000.000 €
- Año 2027: 2.000.000 €
Las ayudas que establece esta convocatoria deben financiarse con fondos provenientes de Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales y se prevé que puedan ser cofinanciadas por la Unión Europea (FSE+) en el marco del Programa Operativo FSE+ 2021-2027 de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (PIBAL FSE).
Conceptos que se subvencionan
Plazo de ejecución de las acciones
Excepcionalmente, la entidad puede solicitar, mediante el modelo normalizado, la ampliación de este plazo, que se autorizará, en su caso, con modificación de la Resolución de concesión.
Normativa
- El Reglamento (UE) 2021/1057, del Parlamento y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y por el que se deroga el Reglamento (UE) 1296/2013, y se establecen los objetivos del FSE+, el presupuesto para el periodo 2021-2027, los métodos de ejecución, las formas de financiación de la Unión y las normas para proporcionar su financiación.
- El Reglamento (UE) 2021/1060, del Parlamento y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura, así como las normas financieras para estos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados.
- El Reglamento (UE, Euratom) 2024/2509, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto de la Unión.
- La orden TES/106/2024, de 8 de febrero, por la que se determinan los gastos subvencionables por el FSE+ durante el periodo de programación 2021-2027.
2. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, así como el Reglamento que la desarrolla, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y el resto de normativa aplicable.
3. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
4. El texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y modificado por el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación.
5. La Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo.
6. El Real Decreto 438/2024, de 30 de abril, por el que se desarrolla la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo y los servicios garantizados establecidos en la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo.
7. El Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, por el que se regulan los programas comunes de activación para el empleo del sistema nacional de empleo.
8. La Orden 16/2023, del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, de 17 de mayo de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de políticas activas de empleo gestionadas por el SOIB (BOIB núm. 67, de 20 de mayo), identificada a lo largo del anexo de la convocatoria como Orden 16/2023.
9. El resto de normativa, tanto nacional como de la Unión Europea, o cualquier otra que resulte de aplicación.
Contacto
Buzón de consulta: fomentocupacio3@soib.caib.es