Convocatoria de subvenciones para autónomos «SOIB Oportunidades de empleo para personas Jóvenes Cualificadas en el sector privado 2025»

Plazo de presentación de solicitudes del 16 de junio al 25 de julio de 2025, ambos incluidos

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El objeto de esta convocatoria es regular la concesión de subvenciones destinadas a financiar los costes laborales, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social, por el plazo máximo de un año, que se deriven de la contratación de personas jóvenes cualificadas desempleadas, mayores de 18 años y menores de 30 años, inscritas como demandantes de empleo en el SOIB y beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que sean contratadas por parte de trabajadores autónomos con un contrato de trabajo indefinido a jornada completa.

Las funciones que lleven a cabo las personas jóvenes contratadas en su puesto de trabajo tienen que ser adecuadas a sus titulaciones.

El ámbito de aplicación de esta convocatoria es la comunidad autónoma de las Illes Balears.

Personas beneficiarias
Pueden ser beneficarias de esta línia de ayudas, dentro del ámbito territorial de las Illes Balears, las personas físicas inscritas en el régimen especial de trabajadores autónomos de la Seguridad Social (RETA) o en un régimen alternativo equivalente.

Quedan excluidas como beneficiarias:

• Las personas socias integrantes del órgano de administración de las sociedades mercantiles de capital, de las cooperativas y de las sociedades laborales.
• Las personas que forman parte de comunidades de bienes.
• Las personas dadas de alta en el Régimen General de la Seguridad Social durante la ejecución del proyecto subvencionado.

Personas destinatarias finales
Personas desempleadas mayores de 18 años y menores de 30 años, inscritas como demandantes de empleo en el SOIB y beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Deben tener la titulación universitaria o de formación professional de grado medio o superior, grado C de acuerdo con la normativa vigente.
Plazo de presentación de solicitudes

30 díes hábiles desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB): del 16 de junio al 25 de julio de 2025, ambos incluidos

Las solicitudes se resolverán de forma individual, por orden de entrada, hasta agotar el crédito asignado a esta convocatoria.

Presupuesto

El crédito inicial de esta convocatoria es de 2.000.000 €, con la distribución siguiente:
– Año 2025: 1.500.000 €
– Año 2027: 500.000 €

Las partidas del presupuesto de gastos que corresponden a esta convocatoria deben financiarse mediante fondos procedentes de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales del Ministerio de Trabajo y Economía Social.

Conceptos que se subvencionan
Los costes laborales, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social, por el plazo máximo de un año, que se derive de la contratación de personas jóvenes cualificadas desempleadas (mayores de 18 y menores de 30 años) con un contrato de trabajo indefinido a jornada completa (código contrato 100), que sean contratadas por trabajadores autónomos.
Plazo de ejecución de los proyectos
La fecha de inicio de los contratos debe estar comprendida entre la fecha de finalización del proceso de selección de las personas trabajadoras y el 31 de octubre de 2025.
La fecha de finalización del proyecto subvencionado debe ser un año después del inicio.
Normativa
1. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y su reglamento aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en todo lo que sea de aplicación.
2. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones.
3. El Texto refundido de la Ley del Estatuto de las personas trabajadoras, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y modificado por el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación.
4. La Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo.
5. La Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo.
6. El Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, por el que se regulan los programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo.
7. La Orden 16/2023 del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, de 17 de mayo de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de políticas activas de empleo gestionadas por el Servicio de Empleo de las Illes Balears (BOIB núm. 67, de 20 de maig de 2023).
8. El Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.
9. El Reglamento (UE) 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector agrícola, publicado en el DOUE de 24 de diciembre de 2013.
10. El Reglamento (UE) 717/2014 de la Comisión, de 27 de junio de 2014, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector de la pesca y de la acuicultura.
11. La demás normativa, tanto nacional como de la Unión Europea, o cualquier otra que resulte de aplicación.
Contacto

Buzón de consulta: fomentocupacio3@soib.caib.es