Convocatoria de subvenciones SOIB Desarrollo Local 2026-2027

El objeto de esta convocatoria es que las entidades locales, así como sus entes de derecho público dependientes o vinculados, presenten solicitudes para obtener ayudas destinadas a la incorporación, mediante nombramiento como personal funcionario interino vinculado a programas de carácter temporal, de agentes de empleo y desarrollo local (AODL).

El objetivo es desarrollar un Plan de Acción vinculado al despliegue de las políticas activas de empleo en el territorio, alineado con el Plan Estratégico de Empleo Local (PEOL) correspondiente al documento de planificación estratégica de carácter local. La incorporación del personal AODL se enmarcará en un programa con autonomía y sustantividad propias respecto a las actividades ordinarias y permanentes de la entidad solicitante.

Entidades beneficiarias
Se pueden beneficiar de la subvención objeto de esta convocatoria las entidades locales (ayuntamientos, mancomunidades o consejos insulares) y también las entidades de derecho público que dependen o que están vinculadas. Con carácter general, sólo se podrá presentar en cada territorio la entidad que gestione programas de políticas activas de empleo, desarrollo económico local o promoción turística, y en ningún caso un territorio podrá tener un número superior de AODL del que le corresponde por número de habitantes, de acuerdo con el apartado 6 de esta convocatoria.

En cuanto a las entidades que dependen de los ayuntamientos o están vinculadas, el Plan de Acción que deba ejecutarse debe ser de su competencia y debe incluirse dentro de las funciones esenciales de la entidad, en tanto que ejerza competencias administrativas en calidad de administración pública o en el ejercicio de autoridad pública.

En cuanto a los consejos insulares, si disponen de organismos autónomos que hayan participado en los últimos tres años en programas de PAO del SOIB, éstos podrán -con el acuerdo previo de su consejo insular y sin que se incremente el número de AODL que les corresponde por habitantes al territorio- presentar una solicitud para la dotación de AODL: una por parte del consejo. Cada entidad deberá presentar su propia solicitud y el correspondiente plan de acción.

Las entidades locales con menos de 3.500 habitantes no pueden presentarse, sino que debe darse cobertura a su territorio de acuerdo con la mancomunidad y, si no existe, de acuerdo con el consejo insular correspondiente.

Plazo de presentación de solicitudes

Se podrán presentar solicitudes dentro del plazo de 20 días hábiles a contar a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears: se podrán presentar solicitudes hasta el día 25 de agosto de 2025.

Presupuesto
El crédito asignado inicialmente a esta convocatoria es de 4.655.000,00 €, de los ejercicios siguientes:

Año 2026 2.327.500,00 €, con cargo al fondo finalista 26021, siempre que haya crédito adecuado y suficiente.
Año 2027 2.327.500,00 €, con cargo al fondo finalista 27021, siempre que haya crédito adecuado y suficiente.

Conceptos que se subvencionan
La cuantía de la subvención que se concede puede financiar hasta el 80% de los costes de personal que se deriven del nombramiento como personal funcionario interino del agente de empleo y desarrollo local, por todos los conceptos correspondientes a cada puesto de trabajo subvencionado, de acuerdo con la normativa que le sea aplicable legalmente.

El importe máximo anual es de 33.250,00 € por puesto de trabajo subvencionado, de acuerdo con los criterios de financiación de gastos que se detallan en el apartado 21 de esta Convocatoria.
En caso de que el período subvencionado sea inferior a un año, este importe máximo se ajustará proporcionalmente.
La subvención cubrirá el período comprendido entre la fecha de inicio prevista de las actuaciones y el 31 de diciembre de 2027.

Plazo de ejecución de los proyectos
La subvención puede cubrir los gastos realizados desde día 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2027. En todo caso, a más tardar, los proyectos se pueden iniciar hasta el 20 de febrero de 2025.
Normativa

Las subvenciones objeto de esta convocatoria se rigen por la siguiente normativa:

  1. Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo
  2. Real Decreto 633/2025, de 15 de julio, por el que se aprueba la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2025-2028
  3. Orden 16/2023 del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, de 17 de mayo de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de políticas activas de empleo gestionadas por el Servicio de Empleo de las Illes Balears
  4. Resolución de la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social y presidenta del SOIB, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el programa «SOIB Desarrollo Local» para llevar a cabo actuaciones de promoción de la actividad económica y el desarrollo local 2026-2027, sujeta a la tramitación del expediente anticipado de gasto, correspondiente a 2026
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